Existe un Nuevo expediente de regulación de empleo en Banco de Valencia, sin duda es una situación muy preocupante para los trabajadores y las familias involucradas.
Recordemos que un expediente de regulación de empleo (ERE), es un procedimiento contemplado en la actual legislación española mediante el cual una empresa supuestamente en una mala situación económica, busca obtener autorización para suspender o despedir trabajadores. Tiene como finalidad obtener de la autoridad laboral competente un permiso para suspender o extinguir las relaciones laborales en un marco en el cual se garantizan ciertos derechos de los trabajadores.
Se trata de un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial que puede ser tramitado por las siguientes causas:
- Despido colectivo fundamentado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.
- Suspensión de la relación laboral fundamentada en las mismas causas del apartado primero.
- Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
Al hablar del Nuevo expediente de regulación de empleo en Banco de Valencia, nos referimos a otros 890 despidos más. Esto se debe a que el Banco de Valencia mantuvo una reunión con representantes de los trabajadores para anunciar un nuevo expediente de regulación de empleo (ERE) que puede afectar al 50% de la plantilla, según ha comunicado el sindicato UGT (en una nota de la organización sindical se apuntaba que la entidad podría prescindir de 890 trabajadores).
Anteriormente se plantearon ciertos despidos, por ende, este Nuevo expediente de regulación de empleo en Banco de Valencia, se sumaría al acordado hace dos meses, que supuso la salida de 350 empleados del banco, junto con el cierre de 67 oficinas.
Detalles de la reunión para el nuevo expediente:
La reunión fue un encuentro preliminar al inicio oficial de la negociación del expediente, tal como está previsto por el convenio estatal de banca. El periodo de consultas oficial comenzará el próximo día 15, aunque el jueves próximo todavía se celebrará otra reunión preliminar.
Cabe destacar que el expediente es parte obligada del proceso de venta de la entidad a La Caixa, nuevo propietario del banco valenciano. Ante esta afirmación de la dirección, la representación de la UGT ha solicitado la documentación de la Unión Europea que avala tanto la venta de la entidad como la percepción de ayudas del Frob (el banco ha negado esta información alegando que es confidencial).
Despido colectivo:
El despido colectivo debe producirse para ser procedente en un periodo de 90 días.3 Los despidos colectivos que excedan de este plazo deberán canalizarse a través de sucesivos expedientes de regulación de empleo o serán nulos.
Si, con objeto de eludir el procedimiento de despido colectivo, se realizan por las mismas causas, despidos objetivos “en cadena” en sucesivos periodos de 90 días, los que superen el primer periodo de 90 días y sean impugnados serán considerados en fraude de ley, y declarados nulos y sin efecto.
Ejemplo de fraude de ley: quiero despedir a 50 trabajadores:
1º mes despido a 20
2º mes despido a 20
3º mes despido a 10